EL IMPACTO DE LA SUSTITUCIÓN DEL SEXO POR LA” IDENTIDAD DE GÉNERO” EN LA HOMOSEXUALIDAD FEMENINA
Una mirada crítica desde el colectivo lésbico del PFAC a las leyes trans
En los últimos años se ha impuesto un marco político e institucional en el que la llamada “identidad de género” ha sustituido al sexo como categoría central de reconocimiento jurídico y social. Las leyes actuales, que afirman proteger conjuntamente al colectivo LGB y a las conocidas como “identidades trans” bajo un mismo paraguas, no solo parten de un enorme error de base, pues nada tiene que ver la orientación sexual con dichas identidades, sino que además, desdibujan categorías fundamentales y erosionan laexistencia reconocible de la homosexualidad como realidad basada en el sexo.
No se trata de un cambio terminológico ni de una evolución neutral del lenguaje, sino de un desplazamiento político estructural que altera la manera en que se entienden las mujeres y la homosexualidad, así como la capacidad de nombrar, definir y combatir formas específicas de opresión y discriminación contra lesbianas, gays y bisexuales.
La homosexualidad no se define en relación con identidades subjetivas ni sentimientos individuales de pertenencia, sino en relación con la realidad material del sexo. Las lesbianas son mujeres homosexuales, es decir,mujeres cuya orientación sexual sed irige hacia otras mujeres y que, precisamente por ello, se sitúan en oposición directa a la centralidad masculina impuesta por el patriarcado, que ha organizado históricamente la sexualidad femenina en función de su disponibilidad hacia los hombres.
El borrado político del sexo como categoría jurídica constituye una forma de violencia contra las orientaciones sexuales, especialmente contra las lesbianas. No es posible combatir la lesbofobia mientras se desdibuja la categoría misma de lesbiana, ni proteger la homo y bisexualidad si el sexo se confunde jurídica y políticamente con el género y sus supuestas identidades. La sustitución del sexo por “identidad de género” no amplía derechos: impone un marco ideológico que anula las definiciones claras y blindadas sobre orientación sexual y homofobia de las normativas actuales.
Este proceso tiene efectos directos en el ámbito social y educativo. La confusión entre sexo y género se impone en ambos espacios, de modo que la orientación sexual queda subordinada a discursos centrados casiexclusivamete en la “identidad de género”, impidiendo que menores homosexuales puedan reconocer, nombrar y comprender su orientación sexual con claridad, ni como una realidad basada en el sexo.
En lugar de combatir el aislamiento, la discriminación y la invisibilización demenores homosexuales mediante protocolos específicos, el enfoque actual se dirige a reforzar los estereotipos sexistas, que el feminismo lleva siglos desafiando. Al afirmar el diagnóstico de disforia en menoresque no siguen los dictados tradicionales de género, y que afecta principalmente a niñas, no solo se impide que niñas y niños puedan vivir con naturalidad su homosexualidad, sino que les pone en grave peligro, pues pueden llegar al convencimiento de que la solución a su malestar está en cambiar su sexo biológico, algo imposible ya que es una realidad material inmutable.
El proyecto de ley trans asturiana es el último ejemplo de la tendencia de equiparar los conceptos de “orientación sexual”, “identidad sexual” y “expresión de género”, con el fin político de blindar legalmente la identidad de género sin definir ninguno de ellos. Esto mezcla ciencia y creencia, equiparando una realidad material, la orientación, con vivencias y manifestaciones individuales.
En este contexto se introduce además una dinámica de presión política y social sobre las lesbianas, en la medida en que la negación de la disponibilidad hacia los hombres es cuestionada y deslegitimada, llegando incluso a ser reinterpretada como conducta discriminatoria hacia los propios hombres, además de ser susceptible de sanción. Esto convierte la propia definición de lesbiana en un terreno de disputa política y jurídica, donde queda expuesta a su redefinición y cuestionamiento institucional. De modo que, laorientación sexual deja de ser una categoría estable basada en el sexo, para convertirse en una abstracción que se reconfigura permanentemente.
En el ámbito médico y sanitario, estas legislaciones ratifican la conceptualizada como “terapia afirmativa” para menores que canalizan sus malestares con los estereotipos sexistas en la disconformidad con su cuerpo y/o el deseo de cambiar de sexo. Cada vez más voces críticas señalan que este modelo actúa en la práctica como una nueva terapia de conversión que busca borrar la homosexualidad y el lesbianismo. Además de derivar en procesos de medicalización y mutilación sumamente dañinos e irreversibles. Es de remarcar que este enfoque está siendo abandonado en países como Finlandia, Suecia, Noruega, Reino Unido Dinamarca o Países Bajos tras los numerosos estudios científicos que desvelan los graves efectos negativos físicos y psicológicos que producen, así como la desprotección y el abandono que sufren quienes realizan procesos de detransición.
En el ámbito educativo se impone un régimen de coacción institucional mediante sanciones al profesorado si no se aplica estrictamente este enfoque, lo que constituye un ataque directo a la libertad de pensamiento y de expresión, estableciendo un marco de disciplina ideológica sobre cómo debe interpretarse la realidad sexual.
En conclusión, no estamos ante un debate terminológico ni identitario, sino ante un proceso de borrado político de la homosexualidad femenina que impide nombrar y, por tanto, combatir la lesbofobia. Este proceso constituye una forma de violencia política contra las mujeres lesbianas, en tanto desactiva su reconocimiento como categoría sexual y política y además de fortalecer la subordinación histórica de la sexualidad femenina a la norma heterosexual.
Defender los derechos de las personas homosexuales exige mantener el reconocimiento del sexo como categoría política y jurídica de referencia, y reforzar de manera clara, específica e inequívoca la lucha contra la discriminación por razón de orientación sexual.